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En el ámbito penal colombiano surge una pregunta crítica: ¿cuándo prescriben los delitos sexuales? Este asunto genera inquietud tanto para víctimas como para personas denunciadas y exige claridad. En este blog de Pineda Abogados explicamos de forma accesible los plazos legales, incluyendo situaciones de delito sexual cibernético, para que conozca sus derechos y posibilidades de actuación.
Periodos: ¿cuándo prescriben los delitos sexuales?
En Colombia, el término general para prescripción de la acción penal está estipulado en la Ley 2081 de 2021, que modificó el artículo 83 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). Según esta normativa, la acción penal prescribirá en un lapso igual al máximo de la pena señalada para el tipo penal, pero nunca inferior a cinco (5) años ni superior a veinte (20) años, salvo excepciones expresas.
En este sentido, para delitos sexuales ordinarios, la prescripción operará de conformidad con el número de años que la ley estipula para la pena máxima del delito concreto. Cabe señalar también que los casos de delito sexual cibernético. Por ejemplo, distribución de material íntimo sin consentimiento o acoso digital sexual, entran en el marco penal correspondiente, por lo que se aplicará el plazo que la ley asigne para aquellos delitos que pueden estar tipificados.
Asimismo, estas disposiciones permiten comprender de forma general cuándo prescriben los delitos sexuales, entendiendo que la regla común aplica salvo cuando la víctima sea menor de edad o se configure otro escenario especial.
¿Qué ocurre cuando la víctima es menor de edad?
Cuando el delito sexual afecta a un menor de 18 años, se activa una excepción importante: la imprescriptibilidad. Esto significa que la acción penal no prescribirá, lo cual garantiza que independientemente del tiempo transcurrido, el hecho puede ser investigado.
Aspectos clave del cómputo del plazo
El cálculo del plazo de prescripción no siempre es automático: debe tenerse en cuenta cuándo comienza a correr dicho término. En delitos comunes, el plazo empieza desde el día que el delito se consumó. Pero en casos que involucran menores, la normativa establece que se cuenta a partir del día en que la víctima alcanza la mayoría de edad.
La aplicación al delito sexual cibernético
En los casos de delito sexual cibernético, como el envío o publicación de imágenes íntimas sin consentimiento, el acoso digital con contenido sexual o la explotación sexual online, es fundamental que la víctima acuda a profesionales que comprendan tanto el marco penal como el tecnológico.
Aunque la ley puede no usar exactamente el término “delito sexual cibernético”, estos hechos se encuadran dentro de los delitos contra la libertad, integridad o formación sexual. En consecuencia, se aplican los mismos principios de prescripción: plazos según la pena máxima del delito y la imprescriptibilidad si la víctima era menor de edad al momento.
Por ello es clave actuar con diligencia, recabar pruebas digitales, preservar logs, chats, plataformas. Cuanto más temprano se acuda a asesoría legal especializada, mejores serán las posibilidades de que el caso sea tramitado antes de que, en los supuestos aplicables, prescriba.
Recomendaciones prácticas para las víctimas y para las personas denunciadas
Para la víctima: si tiene un caso de delito sexual o de delito sexual cibernético, conserve toda la evidencia digital o física, busque asesoramiento legal adecuado y actúe sin demora. Verifique que el profesional conozca delitos sexuales y la normativa de prescripción en Colombia.
Para la persona denunciada: es igualmente importante evaluar de inmediato la situación, revisar los plazos, estudiar la aplicación del término de prescripción y articular una defensa adecuada. Saber cuándo prescriben puede ser decisivo para determinar riesgos, estrategias y posibles resultados.
Además, tanto para la víctima como para el denunciado, contar con expertos en derecho penal que comprendan la variante digital, la tecnología implicada y el manejo procesal de pruebas electrónicas resulta imprescindible.
Conclusión: importante contar con buenos abogados
En resumen, entender cuándo prescriben es esencial para saber cuándo una acción penal puede ejercerse o haber caducado. En Colombia, la regla general abarca plazos de 5 a 20 años, mientras que en los casos que involucran menores de 18 años, la acción penal es imprescriptible.
Cuando además intervienen conductas de delito sexual cibernético, es indispensable contar con asesoría legal especializada para manejar tanto lo sustantivo como lo digital.
Por ello, se recomienda acudir a nuestro bufete de abogados, Pineda Penalistas, ya que ponemos a su disposición un equipo comprometido, con experiencia en delitos sexuales y tecnología, listo para orientarle, acompañarle y representar sus intereses con profesionalismo y entusiasmo. No enfrente solo estos procesos: confíe en profesionales que realmente marquen la diferencia. ¡Consulte ahora!